Cuando acudimos a nuestra entidad bancaria a solicitar un préstamo, existen -además de la hipotecaria- otro tipo de garantías que podrían exigirnos. Por eso, es importante saber lo que significa que nos exijan un aval o una fianza de un tercero.
La finalidad del aval o de la fianza es asegurar que una persona física o jurídica garantice el cumplimiento de determinadas obligaciones de otra persona, pero no son dos figuras idénticas.
Diferencias entre avalista y fiador
- El avalista se compromete a hacer frente al pago de un tercero de la misma manera de la que lo haría este, es decir, la entidad puede reclamarle la deuda a él en caso de impago sin la necesidad de demostrar que el deudor principal es insolvente.
- En cambio, el fiador no tiene la obligación de pagar si la entidad no ha reclamado previamente al deudor principal y hubiere resultado infructuosa dicha reclamación, salvo que se indique expresamente que la fianza es de carácter solidario. Si vamos a ser fiadores de un tercero, debemos fijarnos en que se contemple el “beneficio de excusión”, que impide que el acreedor reclame al fiador si antes no se ha agotado el patrimonio del deudor principal. A veces, en los contratos se incluye la renuncia del fiador a este beneficio, por lo que debemos fijarnos bien antes de formalizarlo.
En ambas figuras es común que éstas no se cancelen o extingan hasta que no lo haga la obligación garantizada.
Disponer de estas garantías no es suficiente para que se conceda el préstamo solicitado. Aparte de esto, las financieras valoran la capacidad del prestatario principal de cumplir con sus obligaciones financieras teniendo en consideración sus fuentes de renta habituales sin tener que depender de avalistas, fiadores u otras garantías, que deben de ser considerados como una segunda vía excepcional de recobro.
En caso de que finalmente la operación sea denegada, las entidades tienen la obligación de informar tanto al solicitante como al avalista.
La circular del Banco de España 5/2012, exige que los avalistas sean informados al máximo detalle del contenido de las obligaciones y responsabilidades que asumen, pues se trata de una operación de alto riesgo para una persona, sobre todo en aquellos casos en los que se asegura un importe elevado. Es muy importante tener en consideración que:
- Los avales prestados aparecen en la CIRBE y se tienen en cuenta para valorar la capacidad de pago del avalista o fiador si este decide solicitar financiación mientras siga teniendo la condición de avalista.
- El avalista y el fiador exponen su patrimonio y, con frecuencia, su vivienda habitual. Por eso es importante que comprenda bien los riesgos que asumen.
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