Pensionista con tres hijos a su cargo, ingresos limitados y deudas de 175.000 €, consigue exoneración total tras vender un terreno sin valor significativo.



El éxito de este caso no solo se basó en la liquidación de un bien menor, sino en acreditar que el endeudamiento de Juan no fue negligente y que actuó siempre de buena fe.
Juan, pensionista de Vigo con un ingreso medio de 2.000 € y responsable único del cuidado y manutención de sus tres hijos, acumuló deudas por gastos educativos, médicos y extraordinarios difíciles de cubrir con un solo ingreso.
Poseía un terreno de escaso valor que no deseaba conservar, pero sus deudas ascendían a 175.000 €, poniendo en riesgo su estabilidad económica.



Juan asumió por completo la manutención y educación de sus tres hijos tras la separación, lo que incrementó significativamente sus gastos mensuales y extraordinarios.
Para afrontar gastos educativos, médicos y emergencias que superaban sus ingresos de pensionista, Juan recurrió a créditos personales y financiación bancaria acumulando deuda.
Con el tiempo, los préstamos y obligaciones derivadas de sus responsabilidades familiares se fueron sumando, alcanzando un total de 175.000 €, una cifra insostenible con sus ingresos limitados.
Ante la imposibilidad de afrontar la deuda y no querer conservar el terreno, se optó por solicitar un concurso de acreedores con liquidación parcial, acreditando la buena fe del cliente para lograr la exoneración.
La venta del terreno se hizo por apenas 1.000€ que fueron suficientes para demostrar la buena fe de Juan
La estrategia seguida
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El equipo de Oportuna Legal optó por un concurso con liquidación parcial, dado que Juan no deseaba conservar su terreno. La venta del terreno, aunque de escaso valor, permitió repartir un pequeño monto entre los acreedores.
Se centró en acreditar la buena fe del cliente, demostrando que su endeudamiento fue consecuencia de obligaciones familiares y no de negligencia.
Decisión clave
El concurso se resolvió con la liquidación del terreno por 1.000 €, y se concedió la exoneración de 174.000 € restantes al reconocer que el endeudamiento de Juan no fue negligente y que actuó de buena fe.
¿Qué nos demeustra este caso sobre la Segunda Oportundiad?

La exoneración total es posible incluso cuando solo se cede un bien menor.

Acreditar que el endeudamiento no fue negligente fue clave.

Incluso con ingresos bajos y un pequeño patrimonio, se puede conseguir un resultado favorable.



Concurso calificado como fortuito, buena fe del deudor, exoneración total tras liquidación de terreno
Si tienes deudas que no puedes asumir, pero necesitas proteger tu vivienda, tu vehículo o tu estabilidad familiar, conviene estudiar tu caso antes de tomar decisiones precipitadas.
Sí. No es necesario liquidar todos los bienes. En el caso de Juan, se vendió únicamente un terreno de escaso valor y se logró la exoneración total de 174.000 € al demostrar buena fe.
En este artículo desgranamos cómo funciona la exoneración de una deuda a través de la Segunda Oportunidad
Se incluyen deudas personales como préstamos, créditos o facturas impagadas, siempre que no provengan de conducta fraudulenta. En el caso de Juan, todas sus deudas familiares y personales fueron exoneradas porque realmente se podía, en este artículo contamos cuáles son las deudas que no se exoneran.
No. Solo se liquidan bienes que no sean esenciales o que el deudor esté dispuesto a ceder. Juan solo vendió un terreno de escaso valor y conservó su patrimonio esencial.
La buena fe se demuestra mostrando que el deudor actuó de forma responsable, no ocultó información y no incurrió en conductas negligentes o fraudulentas. Juan presentó todas sus deudas y justificó su situación familiar.
En este artículo, te contamos un claro ejemplo de buena fe
El proceso varía según la complejidad y la carga del juzgado. En el caso de Juan, duró aproximadamente 12 meses desde la venta del terreno hasta la concesión de la exoneración.
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