En más de alguna ocasión vamos a necesitar financiar alguna compra o contratar algún servicio nuevo. Por eso es habitual que las empresas revisen nuestros datos económicos para comprobar si estamos al día en nuestras obligaciones económicas o tenemos algún tipo de impago.
Por desgracia, a veces nos dan una desagradable sorpresa y nos hacen saber que nos encontramos inscritos en algún fichero comúnmente conocido como “de morosos”. ¿Realmente soy moroso? ¿Qué tengo que hacer ahora?
Este tipo de ficheros actúan como un mecanismo de seguridad e información con el que las empresas que operan en el tráfico económico comprueban si estamos al corriente de pago en otras operaciones similares a las que vamos a suscribir.
En los mismos se pueden incluir los datos de consumidores, autónomos o empresas. Todos podemos vernos inmersos en algún problema de este tipo.
¿Qué es ASNEF?
Realmente existen diferentes ficheros para comprobar nuestra solvencia patrimonial (RAI, BADEXCUG, RIJ), pero uno de los más conocidos es ASNEF.
El fichero ASNEF recoge la información de las deudas que, como hemos indicado, podemos mantener con distintos proveedores o entidades de crédito; son estos quienes facilitan los datos que constan en el mismo, pero no siempre son deudas que son fiel reflejo de la realidad.
Es habitual que se inscriban deudas sobre las que ya no debamos la cuantía que aparece reflejada o que ésta sea de una cantidad inferior o, incluso, puede que nunca hayamos tenido relación contractual alguna con esa empresa y, evidentemente, no debamos nada.
Normalmente, estar inscrito en este tipo de ficheros genera un grave perjuicio para nuestros intereses, pues limita nuestras capacidades económicas durante cierto tiempo, ya que muchas empresas podrían rechazar contratar con nosotros porque consideran que somos morosos.
Nadie quiere constar como moroso en ninguna lista y, mucho menos, cuando la deuda reflejada no es cierta. Debemos de estar muy atentos a la certeza de nuestros datos y actuar cuanto antes; debemos ser rápidos.
¿Quién puede ver mis datos en ASNEF?
Prácticamente todas las empresas pueden visualizar nuestros datos en ASNEF, pues la mayoría son miembros de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, de la Asociación Española de Factoring y de la Asociación Española de Leasing.
La mayoría de los sectores pertenecen a la banca, las telecomunicaciones, los seguros, la energía, etc. Es decir, casi todas las empresas que necesitamos en nuestro día a día podrán consultar nuestros datos, por lo que será necesario que estemos siempre atentos a nuestras inscripciones y si éstas se realizan correctamente.
¿Cómo pagar una deuda en ASNEF?
Si eres un consumidor, la norma indica que no se pueden incorporar datos de deudas por debajo de los cincuenta euros.
En muchas ocasiones es más rentable para nuestros intereses pagar la deuda que aparece reflejada en ASNEF, así podrán retirar inmediatamente nuestros datos.
Para ello, debemos de ponernos en contacto velozmente con la entidad que haya registrado tal deuda en el fichero y abonar la misma con la mayor celeridad, quedándonos siempre con el justificante de pago de tal deuda.
¿Qué requisitos de inclusión en ficheros deben cumplirse?
No obstante, debemos de tener en cuenta que para poder inscribir una deuda en tales ficheros también se deben cumplir los siguientes requisitos y que en la mayoría de ocasiones no se cumplen:
- La deuda debe ser cierta, vencida y exigible. ¿Qué significa esto? Nos encontramos ante una deuda cierta cuando esta no es discutida por la parte deudora y se conoce su importe exacto, será vencida cuando ya se haya cumplido el plazo para su cobro y exigible cuando la entidad nos la pueda reclamar.
- Además, el deudor no debe haber reclamado por la vía judicial o administrativa la misma, pues esto, como hemos indicado, nos llevaría a que la deuda perdiera su condición de cierta. Existiendo una disputa por su procedencia no es posible incluir una deuda en ASNEF. También se incluye el hecho de haber iniciado una reclamación en el servicio de consumo correspondiente o haber solicitado el inicio de un arbitraje de consumo.
- Por último, el deudor debe haber sido correctamente informado en el contrato o en la reclamación del pago de la posibilidad de ser incluido en un fichero de morosos y con indicación expresa de cuáles.
El objetivo de este requisito es que se pueda ejercer en el plazo legal el derecho de acceso a dichos datos, así como a solicitar la rectificación de los mismos.
Si no se cumplen estos requisitos se puede dar una clara vulneración de nuestro derecho al honor, lo que genera la posibilidad de reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados.
Debemos prestar toda la atención a las obligaciones económicas que asumimos, pues vernos anotados en este tipo de ficheros puede llevarnos a abonar una deuda que no debemos o cuya inclusión no se ha realizado cumpliendo con la legalidad.
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