El EPI en la Ley de Segunda Oportunidad es la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. En este artículo te contamos en qué consiste, quién puede acogerse a él, cuáles son los profesionales a los que debes contactar, cómo hacer un plan de pagos y si puedes salvar la vivienda habitual. ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el EPI?
En la ley de segunda oportunidad, el EPI hace referencia a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Este término es utilizado principalmente en España y se refiere a un mecanismo legal que permite a las personas físicas particulares y autónomos que se encuentran en situación de insolvencia solicitar la cancelación de las deudas que no puedan pagar.
El EPI es una parte fundamental de la Ley de Segunda Oportunidad, ya que da la posibilidad de comenzar de nuevo sin el peso de las deudas acumuladas, que puede llegar a ser insalvable. Para obtener el EPI, la persona o el autónomo deben cumplir ciertos requisitos y seguir un proceso legal, que generalmente supone la negociación con los acreedores y la presentación de un plan de pagos.
Una vez obtenido el EPI, el deudor queda liberado de la obligación de pagar las deudas incluidas en el proceso, siempre y cuando cumpla con los compromisos establecidos en el plan de pagos o las condiciones impuestas por el juez.
¿Quién puede acogerse al EPI?
En España, pueden acogerse a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho las personas físicas particulares y los autónomos que se encuentren en situación de insolvencia. Además, para poder solicitar el EPI, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos en la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) y en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
Los principales requisitos para poder acceder al EPI en España son:
- Ser deudor de buena fe: se considera que el deudor actúa de buena fe cuando no ha sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años previos al inicio del procedimiento de segunda oportunidad.
- Insolvencia actual o inminente: el deudor debe demostrar que es insolvente o que prevé su insolvencia en el futuro inmediato. Esta insolvencia puede ser actual o inminente, lo que significa que el deudor está o estará en una situación en la que no pueda cumplir regularmente con sus obligaciones de pago.
- Cumplimiento de los requisitos del EPI: una vez que se ha solicitado el concurso de acreedores y concluido el mismo, el deudor debe cumplir con los requisitos establecidos en la ley para poder obtener el EPI. Entre estos requisitos se encuentran no haber tenido derivaciones de responsabilidad (o haberlas saldado), no haber cometido determinados delitos en los últimos 10 años, no haber obtenido el EPI en los últimos 1 años, etc.
En el caso de que te estés plantando solicitar el EPI, lo más recomendable es que cuentes con un abogado especializado en deudas con el fin de estar lo mejor asesorado posible.
¿Cuáles son los profesionales y gastos que necesito para tramitar el EPI?
Para tramitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) en España, es recomendable contar con la asistencia de varios profesionales y tener en cuenta algunos gastos asociados. Estos son algunos de los más importantes:
- Abogado: especializado en derecho concursal o en la ley de segunda oportunidad, que te asesorará durante todo el proceso, desde la evaluación de tu situación financiera hasta la presentación de la solicitud del EPI ante el juzgado correspondiente. El abogado se encargará de preparar la documentación necesaria, representarte en las negociaciones con los acreedores y defender tus intereses en el procedimiento judicial.
- Economista o asesor financiero: que te ayude a elaborar un plan de viabilidad económica y a evaluar tus posibilidades de cumplir con las obligaciones de pago establecidas en el plan de pagos. Este profesional te ayudará a gestionar tus recursos de manera eficiente y a tomar decisiones financieras adecuadas durante el proceso.
- Notario: en algunos casos, puede ser necesario contar con la presencia de un notario para la formalización de ciertos documentos o acuerdos, especialmente en el marco de las negociaciones con los acreedores.
- Gastos judiciales: a lo largo del proceso de tramitación del EPI, es posible que debas hacer frente a ciertos gastos judiciales, como tasas judiciales o costas procesales en caso de que el procedimiento conlleve litigio.
- Honorarios profesionales: es importante establecer de antemano un acuerdo claro respecto a los honorarios y los servicios prestados, como el abogado, el economista y el notario.
¿Cómo se realiza el plan de pagos del EPI?
Como hemos comentado anteriormente, para que te concedan el EPI es necesario que realizar un plan de pagos, que se diseña con el fin de establecer las condiciones bajo las cuales el deudor se compromete a pagar una parte de sus deudas pendientes durante un período determinado. Estos son los pasos a seguir para realizar este plan de pagos:
- Evaluación de la situación financiera: como analizar sus ingresos, gastos, activos y pasivos para determinar su capacidad de pago y establecer un plan realista.
- Elaboración del plan de pagos: una de las opciones es exonerarse a través de un plan de pagos. Se elabora un plan de pagos detallado que establece la cantidad a pagar, la periodicidad de los pagos y el plazo para su cumplimiento. Además, este plan debe ser viable y realista, teniendo en cuenta los recursos económicos disponibles del deudor.
- Presentación ante el juzgado: cuando ya esté hecho el plan de pagos, se presenta ante el juzgado competente en el marco del procedimiento de segunda oportunidad. El plan debe estar debidamente documentado y justificado para que el juez pueda evaluar su viabilidad y aprobarlo.
- Cumplimiento del plan de pagos: una vez aprobado por el juez, el deudor tiene la obligación de cumplirlo. Esto implica realizar los pagos acordados en las fechas y cantidades establecidas hasta completar el período de pago establecido en el plan.
- Exoneración directa: sin plan de pagos, se exonera toda la deuda si se cumplen con los requisitos y si es la opción más recomendable para el deudor. Hay que analizar cada caso.
¿Puedo salvar la vivienda habitual?
Anteriormente hemos visto que uno de los requisitos para que te concedan el EPI es que liquides todo el patrimonio posible, pero, ¿puedes salvar la vivienda habitual?
La Ley de Segunda Oportunidad contempla ciertas excepciones a la liquidación del patrimonio, entre las cuales se encuentra la posibilidad de salvar la vivienda habitual del deudor, lo que significa que no puede ser objeto de ejecución forzosa para el pago de deudas en ciertos casos. Esto se establece con el fin de proteger el derecho fundamental a la vivienda.
En este sentido, la Ley de Segunda Oportunidad establece que la vivienda habitual del deudor puede ser salvada siempre y cuando cumpla con ciertos requisitos, entre los cuales destacan:
- Que la vivienda constituya la residencia habitual del deudor y de su unidad familiar: es decir, que el deudor y su familia vivan de forma habitual en dicha vivienda.
- Que el valor de la vivienda no supere ciertos límites establecidos por la ley: el valor máximo de la vivienda que puede ser salvada varía dependiendo de la comunidad autónoma y otros factores, pero generalmente se establece un límite para su protección.
- Que la hipoteca sobre la vivienda esté al corriente de pago o que se haya llegado a un acuerdo de reestructuración de la deuda hipotecaria.
¿Se puede perder el EPI?
Uno de los aspectos más importantes que debes saber sobre la Exoneración del Pasivo Insatisfecho es que puede ser revocado o perdido en ciertas circunstancias si el deudor incumple con las obligaciones establecidas durante el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad.
Estas son algunas de las razones por las que puedes perder el EPI:
- Incumplimiento del plan de pagos: es fundamental realizar los pagos de manera puntual y en las cantidades acordadas para mantener el beneficio.
- Ocultación o falseamiento de información: si el deudor proporciona información falsa o incompleta durante el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad, o si oculta activos o ingresos relevantes, puede perder el EPI.
- Condena por delitos económicos: si el deudor es condenado por delitos económicos durante el período de vigencia del EPI, puede perder el beneficio. Como ya hemos comentado, la buena fe y la conducta honesta del deudor son requisitos fundamentales para mantener el EPI.
- Mejora significativa de la situación económica: si la situación económica del deudor mejora de manera significativa durante el período de vigencia del EPI, el juez puede considerar que ya no se cumplen los requisitos para mantener el beneficio. En este caso, el juez puede revocar el EPI y exigir el pago de las deudas pendientes.
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