Probablemente esta es una de las situaciones más frecuentes que nuestros clientes nos preguntan: ¿Cómo reclamar comisiones por descubierto que mi banco me cobra cuando me quedo en números rojos?
¿Qué es una comisión por descubierto y cuándo te la aplican?
Las ya famosas comisiones por reclamación de posiciones deudoras o comisiones por reclamación de descubierto se generan cuando se produce un descubierto en cuenta, te retrasas unos días en el pago de tu hipoteca o en la factura de tu tarjeta, etc.
Esta comisión normalmente oscila entre los 30 ó 40 euros y te la pueden cobrar por cada uno de los productos que tengas contratados con el banco siempre que se produzca un retraso en el pago de alguno de ellos o algún recibo venga devuelto,
No es raro que en el mismo mes encuentres reflejado en tu cuenta que se te ha repercutido esta comisión más de una vez.
Esto pasa más veces de las que parece. Por ejemplo:
- Te entra el recibo del móvil un día antes de que te paguen la nómina;
- Se carga el seguro del coche y no recordabas que vencía esa semana;
- Te devuelven un pago, se descuadra la cuenta y entra otro recibo después;
- Tenías 12 euros, entra una cuota de 28 y la cuenta queda en negativo.
¿Son legales los gastos por reclamación de descubierto?
Los gastos por reclamación de descubierto que aplican los bancos al quedarse una cuenta en números rojos o al devolver un recibo no siempre son legales. Para que esta comisión por descubierto sea válida, deben cumplirse dos condiciones fundamentales según la normativa bancaria y la jurisprudencia actual:
- Debe retribuir un servicio efectivamente prestado al cliente.
- La entidad debe acreditar el coste real de dicho servicio.
Esto significa que no basta con que exista un retraso en el pago o un saldo negativo. Si el banco no ha realizado una gestión efectiva y demostrable (como una llamada, carta certificada o seguimiento personalizado), no puede cobrarte este tipo de comisión.
Veredicto rápido: si el banco te ha cobrado una comisión por quedarte en números rojos de forma automática, sin una gestión real y sin explicarte bien el motivo, merece la pena revisarla. En muchos casos, ese cargo puede reclamarse.
No basta con que la comisión aparezca en el contrato o con que el banco la llame de una determinada manera. Para que ese cobro pueda defenderse, tienen que darse ciertas condiciones. Entre otras cosas, debe existir una base contractual o informativa suficiente, el cargo no puede aplicarse de forma arbitraria y, en el caso de la reclamación de posiciones deudoras, debe responder a una gestión real, no a un simple automatismo.
El Banco de España viene manteniendo criterios claros sobre este tipo de cargos: no deben convertirse en comisiones automáticas por el mero hecho de existir un descubierto, y tienen que guardar relación con un servicio efectivamente prestado.
Traducido al día a día: si el banco simplemente detecta que has quedado en negativo y te mete una comisión de forma sistemática, sin que exista una gestión real e individualizada, ese cargo puede ser discutible.
También conviene revisar con lupa situaciones como estas:
- Cuando te cobran varias comisiones por el mismo descubierto;
- Cuando el importe es fijo y siempre igual, con independencia del saldo pendiente;
- Cuando no sabes por qué te lo han cobrado ni qué gestión concreta se hizo;
- Cuando el descubierto fue mínimo o duró muy poco tiempo;
- Cuando el extracto usa conceptos vagos o poco claros.
De hecho, muchas entidades aplican esta comisión de forma automática, sin justificar ningún coste ni servicio concreto. Y eso vulnera el principio legal de que “sin servicio, no hay comisión”, tal y como confirmó la Audiencia Provincial de Asturias en su sentencia 338/2017.
Por tanto, si tu banco te ha cobrado comisiones por descubierto de forma sistemática, sin explicarte en qué consisten o qué servicio han prestado, se pueden reclamar. En muchos casos, estas prácticas son abusivas y nulas de pleno derecho.
Diferencia entre comisión por descubierto, intereses y reclamación de saldo deudor
Uno de los errores más comunes al revisar una cuenta en descubierto es pensar que todos los cargos asociados significan lo mismo. No es así.
Por un lado, puede haber intereses por descubierto, que son el coste financiero de haber utilizado dinero que no tenías en la cuenta durante un tiempo determinado. Por otro, puede aparecer una comisión por descubierto. Y además, en muchos casos, el banco añade una comisión por reclamación de posiciones deudoras, que supuestamente responde a las gestiones realizadas para reclamarte ese saldo pendiente.
En la práctica, el usuario solo ve que le han cobrado “algo más” por quedarse en negativo. Pero a nivel de reclamación, es importante saber qué concepto te han aplicado, porque no todos se discuten igual ni todos tienen la misma justificación.
Ojo con esto: si ves varios cargos distintos tras un mismo descubierto, no des por hecho que todos son correctos. A veces el problema no es solo el importe, sino la acumulación de cargos por una misma situación.
¿Se pueden reclamar las comisiones por descubierto?
La respuesta es que sí. Al igual que ocurre con las comisiones por mantenimiento, las entidades bancarias repercuten estas comisiones de manera automática sin tener en cuenta que se deben cumplir estos dos requisitos:
- Deben retribuir un servicio efectivamente prestado al cliente
- Deben acreditar los gastos del servicio
Así lo concluyó la Audiencia Provincial de Asturias en la sentencia 338/2017, de 27 de octubre.
(…) De donde resulta que al igual que sucede con el resto de comisiones, rige respecto a la misma el principio de «realidad del servicio remunerado» y justificación de su coste para su aplicación, de forma que si no hay servicio o gasto, no puede haber comisión”.
¿Durante cuánto tiempo puedes reclamar estas comisiones por quedarte a cero?
Al tratarse de cláusulas abusivas, son nulas de pleno derecho, por lo que actualmente puedes reclamar todas las que te hayan cobrado desde la apertura de la cuenta bancaria o inicio del contrato hasta el día de hoy.
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Cómo reclamar comisiones por descubierto paso a paso
Si quieres reclamar comisiones por descubierto, el proceso suele empezar por la propia entidad bancaria. El primer paso normal es presentar una reclamación formal ante el servicio de atención al cliente o, en su caso, ante el defensor del cliente de la entidad.
En esa reclamación conviene explicar:
- qué comisión se ha cobrado;
- en qué fecha aparece;
- por qué consideras que no está justificada o que es abusiva;
- qué devolución solicitas;
- qué documentos adjuntas.
No hace falta escribir un texto rebuscado. De hecho, suele funcionar mejor una reclamación clara, ordenada y directa que un escrito largo y confuso. Lo importante es que el banco pueda identificar sin dudas el cargo que estás discutiendo.
Si la entidad no responde o rechaza la reclamación, puede valorarse acudir al procedimiento de reclamaciones del Banco de España. Y si el caso lo justifica, también puede estudiarse la vía judicial.
Qué debe incluir el escrito o formulario para reclamar comisiones al banco
Muchas personas buscan un formulario para reclamar comisiones bancarias por descubierto, cuando en realidad lo que necesitan es saber qué tiene que decir ese escrito para que esté bien planteado.
Como mínimo, debería incluir:
- tus datos personales y los de la cuenta afectada;
- identificación clara del cargo que reclamas;
- fecha o periodo en el que se produjo el descubierto;
- explicación breve de por qué consideras improcedente la comisión;
- solicitud expresa de devolución;
- referencia a los documentos que acompañas.
Por ejemplo, no es lo mismo decir “me han cobrado mal una comisión” que indicar: “Solicito la devolución de la comisión cargada en fecha X bajo el concepto reclamación de posiciones deudoras, al no constar una gestión efectiva e individualizada que justifique dicho cobro”.
Ese matiz cambia mucho la fuerza del escrito. Por eso, aunque el usuario busque un modelo o formulario, lo importante no es copiar una plantilla genérica, sino adaptar la reclamación al caso concreto.
Recuerda que deben reintegrar todas las comisiones por reclamación de posiciones deudoras cobradas desde la fecha de suscripción del contrato y que, en muchos casos, los importes a devolver suelen ascender a miles de euros.
Cuánto dinero puedes recuperar
Hay usuarios que solo han soportado una comisión aislada de 15, 20 o 35 euros. Pero también hay casos en los que el banco ha ido cargando varias comisiones a lo largo del tiempo, especialmente cuando la cuenta ha atravesado una etapa complicada.
Y ahí está uno de los grandes puntos de dolor: muchas personas no detectan el problema hasta que suman todos los cargos. Lo que parecía una comisión puntual acaba siendo una cadena de cobros repetidos que ha ido empeorando todavía más una situación económica ya delicada.
Por eso merece la pena revisar bien el histórico, sobre todo si has pasado por meses complicados, retrasos de nómina, recibos devueltos o una etapa en la que la cuenta estuvo varias veces en negativo. En ocasiones, lo relevante no es una sola comisión, sino el conjunto de todas las que se han ido aplicando.
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¿Qué significa tener una cuenta en descubierto?
Significa que han salido de la cuenta más fondos de los que realmente había disponibles, dejando el saldo en negativo. Es decir, la cuenta se queda en números rojos.
¿Todas las comisiones por descubierto se pueden reclamar?
No todas, pero tampoco todas son válidas. Hay que revisar el tipo de cargo, cómo se aplicó, si hubo una gestión real y si el banco puede justificarlo correctamente.
¿Es lo mismo descubierto en cuenta que comisión por reclamación de posiciones deudoras?
No. El descubierto es la situación de saldo negativo. La comisión por reclamación de posiciones deudoras es uno de los cargos que el banco puede intentar aplicar a raíz de ese descubierto.
¿Puedo reclamar si ya me han cobrado varias veces?
Sí, precisamente en esos casos conviene revisar el histórico completo para comprobar si se han ido acumulando comisiones por una misma dinámica o por incidencias muy parecidas.
¿Necesito abogado para reclamar comisiones por quedarme en números rojos?
Si quieres una revisión profesional de tu caso, puedes consultar con un abogado derecho bancario y analizar si esas comisiones por descubierto que te han ido cargando pueden reclamarse total o parcialmente.